Busco asesoria. Asesoría Fiscal en Alicante.

Como contratar la asesoria en Alicante

En este consejo le indicamos cuestiones que debe tener en cuenta a la hora de contratar los servicios de un asesor en Alicante y que servicios debe ofrecerle su asesoria.

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Antes de contratar con un asesor debemos considerar las siguientes cuestiones:

1. La formación del asesor:
Muchas veces no preguntamos a nuestro asesor por respeto cual es su nivel de formación y muchas veces nos podemos encontrar con sorpresas.

2. Tipo de servicios prestados:
Si el asesor es capaz de prestar servicios contables, fiscales, laborales, etc. y otros de valor añadido de mejora de negocio, podrá detectar oportunidades y hacerle ganar dinero.

3. Se adapta el asesor a sus necesidades
Visita usted al asesor en su despacho, le da cita enseguida, o le visita el asesor a usted en su empresa sin hacerle perder el tiempo ?

4. Pone las ultimas tecnologías a su servicio.
Desde Redpymed disponemos de un sistema de transmisión de documentación online por internet, para evitar desplazamientos del cliente, pudiendo disponer de sus datos las 24 horas.

5. ¿Quien realiza el trabajo encomendado?
Sus impuestos, nominas, contabilidad, etc. lo realiza el socio del despacho que le da la confianza, o lo hace personal contratado no tan formado.

6. Pregúntele ¿cuanto dinero me va ahorrar ? ¿Cuantos problemas me va a solucionar? Si ya ha trabajado con ese asesor puede responder usted mismo.

Protección del patrimonio de autónomos

En alta de autónomo preservar los bienes comunes

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Cuando una pareja contrae matrimonio en el régimen de «Sociedad de gananciales» existen bienes privativos de cada cónyuge (los que tuviese antes de contraer matrimonio, los que haya recibido por donación o herencia, los que haya comprado con dinero privativo, etc.) y bienes comunes de ambos (los salarios obtenidos del trabajo, las rentas obtenidas de los bienes privativos o gananciales, los adquiridos con dinero común,etc.).

Pues bien, en caso de que uno de los cónyuges ejerza el comercio, responderán del mismo tanto los bienes privativos del cónyuge-empresario, como los comunes del matrimonio (no los privativos del cónyuge no empresario).

El Código de Comercio exige que para que los bienes comunes queden obligados, el otro cónyuge debe prestar su consentimiento, pero este consentimiento se presume:
– cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que
deba prestarlo.
– cuando al contraer matrimonio se hallare uno de los cónyuges ejerciendo el comercio y lo
continuare sin oposición del otro.
Por lo tanto, para que los bienes comunes del matrimonio no queden afectados ni respondan de la actividad empresarial del cónyuge comerciante (en caso de deudas, por ejemplo), es necesario que exista oposición expresa del otro cónyuge, lo cual deberá hacerse constar en escritura pública, ante Notario, e inscribirse en el Registro Mercantil. Recomendamos que se haga esta inscripción siempre que la opción de autónomo sea la elegida.

Observación: Esto es aplicable a los bienes comunes. Los bienes privativos del cónyuge que no ejerza el comercio, no quedarán afectados por la actividad empresarial, salvo que lo autorice expresamente.

Alta autónomo: trámites

Trámites para darse de alta de autónomo

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Podemos distinguir varios trámites obligatorios y otros voluntarios. Entre estos tramites voluntarios al montar tu empresa algunos son muy recomendables de realizar.

Trámites obligatorios:
1 Alta en la Declaración Censal (modelo 036)
2 Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (en el mismo modelo 036 anterior)
3 Alta en el Régimen de Autónomos
4 Solicitud del Libro de Visitas
5 Inscripción del fichero ante la Agencia de Protección de Datos
6 Comunicación de Apertura del centro de trabajo

Trámites en el Ayuntamiento:
1 Licencia de actividades e instalaciones (Apertura): Sólo debe solicitarse cuando va a abrirse un local.
2 Licencia de obras: Es la necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento. Por lo tanto si no se va a abrir local o no se van a hacer obras, no será necesaria.

Trámites obligatorios al realizar una acción:
1 Para dar de alta un trabajador: Solicitud del número de patronal
2 Registro de patentes o Marcas: cuando se va ha trabajar con una marca
3 Ejercicio del comercio por personal casada: Inscripción oposición expresa del cónyuge en el Registro Mercantil para cubrir bienes gananciales.Muy recomendable Ver artículo

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